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Laboral

Actualización del baremo de méritos en las próximas OPEs

Orden Foral 110/2011 por la que se regulan los baremos de méritos a aplicar en los procedimientos de ingreso y provisión de puestos de trabajo en el SNS-O
enfermera poniendo una vía

Apartado 1. Servicios prestados

  • 1.1. Servicios prestados en el estamento y especialidad al que se concursa en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública. Por cada año 1,5 puntos.
  • 1.2. Servicios prestados en otro estamento y/o especialidad en cualquier Administración Pública. Por cada año 0,25 puntos.
  • 1.3. Servicios prestados en la misma categoría a la que se concursa en centros sanitarios privados, con alta y cotización en la Seguridad Social por cuenta ajena. Por cada año 0,75 puntos.

La puntuación máxima: no podrá superar los 17 puntos.

Apartado 2. Formación, docencia, investigación e idiomas

2.1. Formación postgrado (Máx 9 puntos)

  • Grado de doctor o doctora: 3 puntos.
  • Máster universitario oficial: 1,5 puntos.(Máx.3 puntos) 
  • Experto universitario presencial: 0.5 puntos.(Máx. 2 puntos)
  • Experto universitario on line o título propio: 0,5 puntos (Máx. 1 punto)    

2.2. Formación especializada (EIR):

  • Por hallarse en posesión del título de enfermera especialista en alguna de las especialidades oficialmente reconocidas: 1 punto. (Obstétrico- ginecológica, Geriatría, Salud Laboral, Salud Mental, Pediatría, Familiar y Comunitaria y Médico- Quirúrgica)

2.3. Participación como discente en acciones formativas, organizadas o acreditadas por organismos o centros públicos y centros universitarios.  Máximo 2,5 puntos (equivale a 50 créditos o 500h)

  • Por cada crédito académico 0,05 puntos.
  • Acreditación en horas:  10 horas igual a 1 crédito. Cuando figuren en la acreditación horas y créditos se tomará como referente para la valoración del curso los créditos.
  • Los certificados en los que no coste duración no se valorarán y en los que conste una duración de un año académico se valorará como de 12 créditos.
  • Se prorratearán las fracciones.
  • Formación en prevención de riesgos laborales, en informática, en igualdad entre mujeres y hombres, en violencia de genero y/o la específica o sectorial sobre Salud y Género.
  • Acciones formativas que, hayan sido realizados por mandato de la Administración, u homologados por la misma, incluyéndose expresamente entre estos últimos los organizados por los Sindicatos dentro de los "Acuerdos de Formación Continuada en las Administraciones Públicas".
  • No se valorará como mérito las titulaciones oficiales.

2.4. Presentación escrita ponencias, posters o comunicaciones en congresos, jornadas o reuniones científicas: Se valorará hasta un máximo de 2 puntos.

  • Internacional: Los tres primeros firmantes: 0,4 puntos. Los tres siguientes: 0,2 puntos.
  • Nacional: Los tres primeros firmantes: 0,2 puntos. Los tres siguientes: 0,1 puntos.
  • Autonómico: Los tres primeros firmantes: 0,1 puntos. Los tres siguientes: 0,05 puntos.
  • Para su valoración deberá constar el orden del firmante.
  • No se valorarán las comunicaciones orales en las que no conste la aceptación escrita de las mismas, ni la participación en mesas redondas.

2.5. Realización de trabajos científicos o de investigación que hayan sido becados o premiados por Administraciones u Organismos Públicos: Máximo de 3 puntos

  • Internacional: 1,5 puntos destinatario beca; 0,75 puntos colaboradores.
  • Nacional: 1 punto destinatario beca; 0,5 puntos colaboradores.
  • Autonómico: 0,5 puntos destinatario beca; 0,2 puntos colaboradores.

2.6. La publicación de trabajos en revistas especializadas con ISSN, según factor de impacto (FI): 
Máximo de 5 puntos

La publicación de trabajos en revistas especializadas, con ISS, en función del FI recogido por el Journal Citation Reports

  • Si FI > 3: los tres primeros firmantes 1 punto. Los tres siguientes: 0,5 puntos.
  • Si FI < 3: los tres primeros firmantes 0,5 puntos. Los tres siguientes: 0,25 puntos.
  • Si no tiene FI: los tres primeros firmantes 0,1 puntos. Los tres siguientes: 0,05 puntos.

2.7. Colaboración en libros de carácter científico y que contengan ISBN. Máximo de 3 puntos

  • Se valorará con 0,3 puntos por libro publicado.

2.8. Participación como docente:

  • En acciones formativas, organizadas o acreditadas por organismos o centros públicos y centros universitarios: Por cada diez horas 0,2 puntos. (Máx. 2 puntos)
  • Docencia como Tutores o coordinadores de prácticas asistenciales, Profesor coordinador de prácticas asistenciales, Profesor clínico asociado, Profesor asociado, Tutores de Cursos, Master o Expertos Universitarios, Colaboradores en prácticas asistenciales, y tutores y colaboradores docentes del personal residente. Por cada curso académico completo: 0,25 puntos. (Máx. 1 punto)
  • Los certificados en los que el periodo acreditado no alcance el curso académico completo se les asignará la puntación que proporcionalmente corresponda

2.9. Conocimiento acreditado oficialmente del francés, inglés o alemán, como lenguas de uso oficial en la Unión Europea: 

  • Por cada idioma un máximo de 2 puntos.
  • En caso de no poseer Certificado de Aptitud o su equivalente se valorará con lo que proporcionalmente corresponda.

Apartado 3. Valoración del conocimiento del vascuence

DECRETO FORAL 103/2017, DE 15 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL TRATAMIENTO DEL CONOCIMIENTO DEL VASCUENCE EN LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS