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SATSE Navarra consigue el reconocimiento de la reducción de jornada para una trabajadora contratada a tiempo parcial

Los servicios jurídicos del Sindicato de Enfermería en Navarra defienden que “La Administración Foral no estaba respetando el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral de la afectada por el hecho de ser contratada temporal a tiempo parcial, ignorando, como ha confirmado el juez, el principio de igualdad”

La asesoría jurídica del Sindicato de Enfermería en Navarra ha sido la encargada de la reclamación realizada a la Administración Foral contra la denegación de la reducción de jornada a una enfermera con contrato a tiempo parcial. La denunciante recibió la denegación, por parte de la Dirección de Profesionales del Complejo Hospitalario de Navarra, a su solicitud de reducción de jornada en 2/3 para el cuidado de su hijo menor de 12 años. 

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (Sala de lo Contencioso-Administrativo) confirma una sentencia del Juzgado Contencioso – Administrativo Nº3 de Pamplona, que ha estimado íntegramente la demanda al considerar que el personal al servicio de las Administraciones públicas, tiene derecho a la reducción de jornada, al margen de que su contrato sea a tiempo parcial, ya que no cabe deducir del art. 59.3 del Estatuto de Personal, ni del Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, que los contratados a tiempo parcial no puedan disfrutar de la reducción de jornada por cuidado de un menor.

Así mismo, el juez añade que en el ámbito laboral, la reducción de jornada por razón de guarda legal es un derecho reconocido  a los  trabajadores contratados a tiempo parcial, todo ello en relación, así mismo, a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, y al Estatuto Básico del Empleado Público. El Juez considera que se debe reconocer el derecho de la demandante a la reducción de la jornada por guarda legal en 2/3 acumulada en jornadas completas, con los efectos legales inherentes a dicho reconocimiento. 

Los servicios jurídicos del Sindicato de Enfermería en Navarra defienden que “La Administración Foral no estaba respetando el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral de la afectada por el hecho de ser contratada temporal a tiempo parcial, ignorando, como ha confirmado el juez, el principio de igualdad”

SATSE Navarra muestra su satisfacción  por esta sentencia, que considera “es de especial relevancia teniendo en cuenta que la contracción temporal de personal en Salud ronda el 40%”, y consideran que “muchos contratados y contratadas a tiempo parcial han visto vulnerados sus derechos de conciliación de la vida familiar y laboral y han tenido o bien que renunciar a sus derechos o a su contrato”.

Desde SATSE Navarra esperan que esta sentencia suponga un respaldo para aquellas personas que puedan verse afectadas por una situación similar y del mismo modo, esperan que la nueva directiva del SNS-O tenga en cuenta esta sentencia a la hora de valorar ciertos permisos.

Tribunal superior de justicia de navarra